El Ministerio del Trabajo de Colombia ha emitido la Circular Externa 0083 del 18 de julio de 2025, un instructivo clave para la implementación de la Ley 2466 de 2025, que trae consigo una reforma significativa al contrato de aprendizaje en el país. Esta nueva normativa, que modifica el artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo, restituye el carácter laboral al contrato de aprendizaje, otorgándole una naturaleza especial con condiciones específicas para su ejecución, donde el componente formativo sigue siendo fundamental.
¿Qué es el Contrato de Aprendizaje ahora?
A partir del 25 de junio de 2025, el contrato de aprendizaje se define como un “contrato laboral especial y a término fijo”. Esto significa que, aunque su objetivo principal sigue siendo la formación teórica y práctica de una persona natural en una entidad autorizada, ahora se rige por las normas sustantivas del Código Sustantivo del Trabajo. La duración máxima de este contrato no podrá ser superior a tres (3) años.
Elementos Clave del Nuevo Contrato de Aprendizaje:
Finalidad Formativa: Su propósito esencial es facilitar la formación del aprendiz en una ocupación o profesión específica.
Subordinación: La subordinación del aprendiz se limita exclusivamente a las actividades propias del proceso de aprendizaje.
Formación Personal: La formación se recibe de manera estrictamente personal.
Apoyo de Sostenimiento: El aprendiz recibirá un apoyo de sostenimiento mensual, cuyo fin es garantizar su proceso de aprendizaje.
¿Cómo se establece el apoyo de sostenimiento?
La nueva normativa introduce distinciones en el pago del apoyo de sostenimiento mensual, según el tipo de formación y la etapa del contrato:
Formación Dual:
Primer año: Equivalente al 75% de un (1) Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMMLV).
Segundo año: Equivalente al 100% de un (1) SMMLV.
Formación Tradicional:
Fase lectiva: Equivalente al 75% de un (1) SMMLV.
Fase práctica: Equivalente al 100% de un (1) SMMLV.
Estudiantes Universitarios: El apoyo de sostenimiento mensual no podrá ser inferior al 100% de un (1) SMMLV, sin importar la modalidad de formación (dual o no).
Es importante destacar que el apoyo de sostenimiento mensual no podrá ser regulado a través de convenios o contratos colectivos, ni por fallos arbitrales.
Seguridad Social y Derechos Laborales
La Ley 2466 de 2025 establece que durante la fase lectiva, el aprendiz estará cubierto por el sistema de seguridad social en salud y riesgos laborales, pagado por la empresa. Durante la fase práctica o toda la formación dual, el aprendiz estará afiliado a riesgos laborales y al sistema de seguridad social integral en pensiones y salud, conforme al régimen de trabajadores dependientes, y tendrá derecho al reconocimiento y pago de todas las prestaciones, auxilios y demás derechos propios del contrato laboral. Esto incluye cesantías, intereses a las cesantías, primas de servicios y vacaciones.
Vigencia y Aplicación
La Ley 2466 de 2025 entró en vigor el 25 de junio de 2025.
Los contratos de aprendizaje que estaban vigentes a esa fecha se rigen por la nueva ley solo en lo que suceda a partir de entonces.
Los contratos firmados desde el 25 de junio de 2025 en adelante se rigen en su totalidad por esta nueva ley.
La Circular 0083 también aclara que se aplicará el principio de favorabilidad, permitiendo a los aprendices acogerse a la regulación que les resulte más beneficiosa.
Otros Aspectos Relevantes:
Reconocimiento de Experiencia Laboral: El tiempo de la fase práctica o dual deberá ser certificado por la empresa y se reconocerá como experiencia laboral.
Cota de Discapacidad y Participación en Comités: Los aprendices en etapa práctica deben ser tenidos en cuenta para la cuota de discapacidad y pueden integrar el COPASST y el Comité de Convivencia Laboral.
Libertad Sindical: Los aprendices tienen derecho a la libertad sindical, negociación colectiva y huelga, con la salvedad de que el apoyo de sostenimiento mensual no es objeto de negociación.
Reporte en PILA: Desde el 1 de agosto de 2025, los aportes a seguridad social de los aprendices deben reportarse en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) bajo nuevos parámetros.
Esta reforma busca dignificar la formación técnica y tecnológica, brindando mayores garantías laborales y acceso a sistemas de protección equivalentes a los de cualquier trabajador en Colombia.
Puedes consultar el documento original para más detalles: